Es un régimen de acceso y
retiro voluntario, donde los
contribuyentes declaran
trimestralmente el impuesto
sobre la renta y sobre las
ventas mediante un factor dado
por la Administración Tributaria.
1. Declarar y pagar el impuesto:
Declarar y pagar los impuestos de renta y/o general sobre las ventas en forma trimestral, dentro de los primeros quince días naturales del mes siguiente a la
finalización de cada trimestre, cuyo orden es el siguiente:
Primer trimestre
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Octubre, noviembre y diciembre
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Segundo trimestre
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Enero, Febrero y Marzo
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Tercero trimestre
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Abril, mayo y junio
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Cuarto trimestre
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Julio, agosto y sepotiembre
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El impuesto se declara mediante el formulario D-105 “Declaración Jurada del Régimen de Tributación Simplificada”, que se confecciona y presenta a
través del portal de la Administración Tributaria Virtual “ATV” y se paga mediante conectividad en las entidades bancarias o en las ventanillas de estas entidades con solo indicar el número de cédula.
Debe completar dos formularios, uno para el impuesto sobre la renta (D-105r) y otro para el impuesto sobre las ventas (D-105v).
2. Conservar los comprobantes de sus compras.
3. Llevar un registro de compras.
4. Presentar declaraciones informativas, según el apartado N° 6, del Impuesto sobre la Renta.
Nota: Bajo este régimen el contribuyente no está obligado a emitir facturas, excepto cuando el valor de venta individual de cada mercancía supere el 5% de un salario base
y, por disposiciones del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, cuando el cliente lo solicite.
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