Certificación de antecedentes penales de la
persona extranjera del país de origen o del
lugar donde haya residido legalmente los
últimos tres años, debidamente legalizada y
autenticada o apostilladas. Para esos efectos
deberá demostrar adicionalmente, la legalidad
de su permanencia en ese país mediante copia
certificada del documento migratorio obtenido
en el plazo indicado.
En el caso de los países que no extiendan certificación de antecedentes penales, la persona solicitante deberá aportar comprobante emitido por la autoridad competente de su país de origen, y la debida declaración jurada protocolizada.
El documento debe ir dirigido a:
Dirección General de Migración y Extranjería de la República de Costa Rica.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario